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Reorganización acotada de Osinergmin

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Fecha Publicación: 17/02/2020 - 21:20
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Desde hace días vengo afirmando que la publicitada “reorganización de Osinergmin” ha sido la típica respuesta política: “cuando hay un problema sectorial anuncia la reorganización”.

La lectura de la norma de origen (DS-023-2020-PCM) me da la razón. No es que se esté ordenando cambio integral, sino mejoras en la gestión de supervisión de una sección de cuarto nivel, la División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos, que depende de la Dirección de Fiscalización de Energía, que a su vez reporta a la Gerencia General y ésta al Consejo Directivo.

Lo afirmado queda claro de la lectura conjunta de los artículos 3 y 5 del DS de reorganización, y del organigrama del Osinergmin. Frustración para los esperaban noche de cuchillos largos.

La decisión gubernamental me motiva a cinco comentarios: 1) cuidado con manejo de expectativas, 2) el alcance es el correcto, 3) objetivo debe ser centralizar responsabilidades, 4) el Ejecutivo debe tener respuesta inmediata a las recomendaciones del Comité Reorganizador y 5) el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá disponer ampliación presupuestal.

Sobre el manejo de expectativas, corresponderá al Comité informar a la opinión pública el alcance de su mandato y de la pertinencia de sus recomendaciones. El ciudadano de a pie está pensando en que arrasarán con el establishment. Yo comparto la idea del encargo acotado, y discrepo del rimbombante anuncio de reorganización.

El objetivo debe ser en centralizar en Osinergmin toda la responsabilidad de supervisión de la infraestructura y gestión de hidrocarburos líquidos, incluido oleoducto norperuano. Hoy hay dispersión, participan el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Instituto Nacional de la Calidad, que es del ámbito del Ministerio de Producción.

Finalmente, el trabajo técnico debe arribar en una serie de modificaciones normativas de diverso rango, desde resoluciones directorales y ministeriales, hasta DS. El Poder Ejecutivo tendrá que actuar con celeridad para promulgar normas. La centralización de responsabilidades conlleva inexorablemente a requerir más presupuesto, disponibilidad existe, pero corresponderá al MEF autorizar el uso de fondos.

Veremos cómo discurren los 90 días otorgados para la mal llamada reorganización.