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Saltó la liebre

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Fecha Publicación: 08/08/2023 - 22:00
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Hace poco más de un mes criticamos desde esta columna la promulgación de la Ley No. 31751, que modificó el artículo 84 del Código Penal estableciendo que la suspensión de la prescripción de la acción penal –sea formalizada la investigación preparatoria fiscal y en las etapas del proceso– en ningún caso será mayor de un (1) año.

Frente a la norma legal de marras votada por duplicado por el cuestionado Pleno congresal contra el parecer del Poder Judicial y del Ministerio Público, dijimos entonces: “¿a quién beneficia la modificación y cómo perjudica? (…) Confiamos en la pronta revisión de este entuerto legal, salvo que lo que se busque sea mayor impunidad de la que ya hay”. De la revisión nada ya que ni el Ejecutivo ni el Legislativo levantaron la ceja.

Fruto, nuevamente, de la investigación periodística independiente, acaba de saltar la liebre. Si bien nadie discute que había que precisar o regular debidamente el dichoso plazo, la sospecha de que la “célere” y sorpresiva iniciativa parlamentaria que acorta en bulto y peligrosamente el plazo para acogerse a la prescripción tendría varios padres –léase, nombre propio– resulta ahora evidente y ensucia otra vez –para variar– la gestión del Poder Legislativo.

Por lo menos, ya se tienen dos felices beneficiarios –y vaya nombres– de la dichosa ley de una lista que estamos seguros será numerosa. El primero y quien se gana el mayor reproche, es el flamante Presidente del Congreso y activo impulsor de su aprobación. Le sigue Joaquín Ramírez, ex secretario general de Fuerza Popular y con varias investigaciones y procesos en el haber.

Tal vez, en cuanto a este último, el reciente archivo del caso que se le seguía en La Libertad y por el que ya había sido condenado en primera instancia, le haya caído por pura “suerte” (¿??). Sin embargo, en el del titular del Parlamento el grave conflicto de intereses en que ha incurrido y que lo salva de la acusación fiscal por la comisión de los delitos de estafa y falsedad genérica, resulta pestilente como mínimo.

Es cierto que, conforme a la Constitución, los todavía llamados Padres/Madres de la Patria, gozan de inviolabilidad y no responden por sus opiniones y votos, pero esto es tan flagrante y repudiable ética y legalmente que el tal Alejandro Soto Reyes –que hoy da su nombre a la Ley No. 31751– no debiera quedarse tan campante presidiendo el Hemiciclo. ¿Hará algo el devaluado Congreso de la República? ¿Alguien dijo CENSURA? ¡AMÉN!

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