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Secuelas de la covid en el sector electricidad

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Fecha Publicación: 21/02/2022 - 22:10
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Mientras la clase política pone en el centro del debate público la vacancia presidencial, las acusaciones constitucionales al mandatario y la presidenta del Congreso, y la incredulidad del armisticio entre Ejecutivo y Legislativo, existe una agenda silente que comprende a consumidores del sector electricidad, Osinergmin y las distribuidoras que prestan el servicio. Se discute la aplicación de un concepto denominado cargo fijo mensual (CFM), que se incluye en recibos y facturas mensuales.

El CFM que pasa desapercibido normalmente a los consumidores domiciliarios, es del orden de 4 soles mensuales. Está normado por la Ley de Concesiones Eléctricas (DL 25844, artículo 64) y precisado en el Reglamento de dicha ley (DS-009-93-EM, artículos 142, 172 y 178). El concepto es el costo por lectura de medidor, emisión de documentos de pago, reparto de estos y comisiones de cobranza.

La discusión se centra por los cobros del CFM durante el periodo de confinamiento que nos impuso el gobierno de Martín Vizcarra por la pandemia de la covid, que se inició el 15 de marzo y que culminó parcialmente en la segunda quincena de junio de 2020. En este periodo de tres meses, no se pudo hacer lecturas de medidor y reparto de recibos. En el Congreso se ha creado una comisión investigadora en la que se reclama cobro indebido, la suma total es del orden de 90 millones de soles, y se señala responsabilidades a las distribuidoras de electricidad y al Osinergmin.

Las empresas sobre las que se direcciona el reclamo no son solo las tres privadas que existen, sino también las 10 estatales que están en el ámbito del holding estatal Fonafe, a las que en el 2020 se les exigió que hiciesen entrega de las utilidades del ejercicio del 2019, a pesar del momento difícil que pasaban por la pandemia.

La discusión tiene una arista legal muy importante y son los decretos de urgencia (DU-035, 062 y 074-2020) que emitió el Ejecutivo sobre los pagos de los consumos de electricidad y gas natural por redes, sin hacer ninguna modificación en el reglamento de la Ley de Concesiones que establece las reglas sobre el particular. Desde ese punto de vista la legalidad está del lado de las empresas y el regulador.

La discusión será de largo aliento, es necesaria seguirla.

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