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¿Será posible?

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Fecha Publicación: 07/02/2025 - 22:20
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La buena noticia de la semana provino de la Comisión de Justicia del Congreso, al aprobar el dictamen de insistencia de la autógrafa de ley que restituye la detención preliminar en casos sin flagrancia, desestimando el predictamen propuesto por su titular, Isaac Mita, de Perú Libre, que recogía parcialmente las propuestas del Gobierno para regular esta figura, planteadas en la observación alcanzada al Congreso de la República. El dictamen aprobado contó con la adhesión de 17 votos a favor y cinco en contra.
Ahora, lo aprobado en la Comisión de Justicia deberá ser, a su vez, ratificado en el Pleno del Congreso con votación calificada, lo cual podría producirse a partir del 1 de marzo, cuando termina el receso parlamentario, a menos que se lleve a cabo un Pleno extraordinario antes de esa fecha. Ello solo sería posible si 78 congresistas firman una petición en ese sentido, lo cual parece improbable o imposible de conseguir, dada la variopinta cantidad de bancadas con intereses particulares.
Aunque no faltaron quienes demandaron, como la congresista Ruth Luque, de Juntos por el Perú, la necesidad de acelerar ese Pleno extraordinario. “Hemos hablado con diversos parlamentarios y hay acuerdo. Sin embargo, para un Pleno extraordinario necesitamos firmas, esa es la tarea que realizaremos para evitar esperar hasta marzo. Esperamos una convocatoria inmediata”, expresó.
La normativa aprobada en la comisión restituye los parámetros del literal A, del número 1, artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal en los términos siguientes: “El juez de la investigación preparatoria, a solicitud del fiscal, emite una resolución motivada y dicta mandato de detención preliminar si hay indicios razonables de que una persona cometió un delito grave, con posibilidad de fuga o de obstrucción de la investigación, aunque no haya flagrancia delictiva”.
El error cometido por el Congreso al eliminar la prisión preventiva fue grave y mereció la repulsa general de la opinión pública y de los expertos que, en su momento, se pronunciaron. Ello permitió que muchos investigados por actos emblemáticos de corrupción o por pertenecer a organizaciones criminales lograran ponerse a salvo de la detención solicitada por los fiscales que los investigan.
Por otra parte, el Congreso no deja de ser una caja de Pandora. Resulta que apareció un congresista que presentó un proyecto de ley insólito, por decir lo menos. Se trata del parlamentario Wilson Soto, de Acción Popular, quien anunció haber presentado su iniciativa para eliminar seis feriados del calendario nacional, con el propósito de evitar que estos sigan atentando contra la producción y el desarrollo del país. Señala que esas fechas, tal como ahora se mantienen, permiten que los trabajadores dediquen su tiempo al descanso, antes que al trabajo y a la producción, como es lo deseable.
Ya anteriormente, el gremio empresarial de exportadores (ADEX) se había pronunciado, en un comunicado público, por la necesidad de eliminar los últimos cuatro feriados no laborables aprobados en los últimos años y convertirlos solo en conmemorativos. “Desde ADEX solicitamos al Congreso de la República que se modifique el artículo 6° del Decreto Legislativo 713, con el objetivo de eliminar los siguientes feriados agregados recientemente al calendario: 7 de junio, 23 de julio, 6 de agosto y 9 de diciembre”, fue la propuesta del gremio.
Frente al clamor empresarial apareció el congresista Soto, acompañado de otras firmas de miembros de su partido, para incorporar a lo propuesto por ADEX otros dos feriados más, con fechas legendarias como el 30 de agosto (Santa Rosa de Lima) y el 8 de octubre (Combate de Angamos), con lo cual se buscaría eliminar estos seis feriados:
7 de junio (Batalla de Arica y Día de la Bandera)
23 de julio (Día de la Fuerza Aérea del Perú)
6 de agosto (Batalla de Junín)
30 de agosto (Santa Rosa de Lima)
8 de octubre (Combate de Angamos)
9 de diciembre (Batalla de Ayacucho)
El proyecto del congresista busca modificar la Ley N.° 31381, que declara feriado nacional no laborable esas fechas, convirtiéndolas en laborables y solo conmemorativas en el sector público y privado “con la finalidad de fortalecer la productividad”. Si bien el propósito es contribuir a que no se pierdan horas-hombre dedicadas a la producción, el resultado podría ser contraproducente en el sentimiento nacional, puesto que se trata de fechas emblemáticas, sea por su significado histórico o su fuerte religiosidad. Motivará, sin duda, el pronunciamiento de las instituciones que se puedan sentir afectadas. Habrá que esperar.
De aprobarse el proyecto en el Congreso, el país solo se quedaría, este año, con los siguientes feriados:
Miércoles 1 de enero: Año Nuevo
Jueves 17 de abril: Jueves Santo
Viernes 18 de abril: Viernes Santo
Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo
Domingo 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo
Lunes 28 de julio: Fiestas Patrias
Martes 29 de julio: Fiestas Patrias
Sábado 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
Jueves 25 de diciembre: Navidad

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