Terminar la dilación en los servicios públicos
La covid-19 motivó que por emergencia el Gobierno adopte medidas sanitarias a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días y dicte medidas de prevención y control. El Decreto Supremo N° 008-2020-SA (11/03/2020) señala previsiones para el transporte, centros educativos, centros laborales públicos y privados.
Desde hace dos años (el 15/03/2022) que muchos centros de trabajo público y privados han cerrado, otros suspendidos y algunos con trabajo menguado y otros hasta efectuado “trabajos a distancia” “desde sus domicilios”, sin concurrir a su centro laboral. La suspensión que se ha aplicado en unos casos es la “perfecta” y en otros la “imperfecta”. La primera es que no habiendo trabajo no se paga remuneración y la imperfecta es pagándose puntual y totalmente las remuneraciones sin realizar trabajo.
En las instituciones públicas (estatales) mantienen la “suspensión imperfecta” de modo que los servidores públicos perciben mensualmente todas sus remuneraciones. Hay honrosas excepciones en que no obstante la pandemia y el riesgo para su salud y aun su vida, servidores públicos siguen cada día laborando estoicamente; tales es el caso de los trabajadores de salud, policía, serenazgo y servicios municipales, militares, Banco de la Nación, etc.
La pandemia ha traído desgracias. Excepcionalmente ha beneficiado a algunos (empresas funerarias). También a muchos servidores públicos que gozan la suspensión imperfecta de labores, aunque ahora han “organizado” el trabajo a distancia y/o la concurrencia algunas horas y días a los centros de trabajo. Sin embargo no se atiende a los administrados, justiciables y público; no se cumplen los plazos procesales señalados en la Ley N° 27444, normas internas de trabajo o en los códigos y leyes procesales judiciales.
Resulta indiscutible: en la Administración de Justicia está casi generalizado el incumplimiento de los plazos procesales. Antes de la pandemia los juicios duraban años; ahora, es más. Tal situación repercute en la carencia de seguridad ciudadana. La Policía informa en medios de comunicación que delincuentes detenidos por nuevos delitos, ya antes fueron apresados. ¿Quién y por qué les dieron libertad? La inseguridad ciudadana se extiende cada vez más.
Debe volverse a la normalidad con trabajo presencial obligatorio la totalidad de la jornada diaria y semanal de trabajo, cumpliendo sus funciones dentro de los plazos establecidos legalmente, bajo responsabilidad del servidor público y en especial de los que ejercen cargos de jerarquía; ellos tienen la obligación de evitar la dilación y de ofrecer una idónea administración en lo que les compete. Si no lo hacen que se establezca su responsabilidad administrativa, civil, penal y económica por causar perjuicios al administrado o justiciable.
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