¿Terrorismo (político) o terror criminal?
El debate previo para crear la figura penal de terrorismo "urbano" en Perú es intenso. Hay 17 proyectos de ley impulsados por alcaldes y congresistas al respecto. De hecho es un tema espinoso considerando la lamentable experiencia vivida por los peruanos con el terrorismo de naturaleza política perpetrada por senderistas y emerretistas (que, por cierto, aún ocurre vía el narcoterrorismo de los remanentes de SL en el VRAEM). Hoy se sufre la violencia o el terror criminal que impacta en la seguridad ciudadana interna (en algunos casos a la seguridad nacional considerando la exportación de delincuentes que habría desplegado el chavismo por toda la región) y que sin duda está recurriendo a tácticas terroristas en su accionar. Pero, ¿es prudente catalogar como "terroristas" a los criminales organizados y los delincuentes comunes?
En este espacio hemos tocado el asunto en varias oportunidades. Es un tema de enorme importancia para una estrategia operante en las luchas anticriminales que una democracia liberal como la que el Perú aspira a consolidar, tendrá que emprender inevitablemente.
Señalábamos que hablar de terrorismo "urbano" —o "rural"— es solo indicar el punto geográfico donde ocurre la violencia, pero ello no define el término. El terrorismo es siempre político. Este tipo de violencia se desató por ejemplo (con los incendios como protagonistas) luego del autogolpe del prosenderista Castillo el 7/D en varias ciudades donde terroristas (y delincuentes oportunistas o coordinados) descarrilaron las protestas pacíficas válidas en democracia.
¿Puede caracterizarse como "terrorismo" a la violencia criminal ejecutada por organizaciones tipo el Tren de Aragua y sus facciones en suelo peruano? Estos grupos están motivados económicamente y no persiguen objetivos de poder. No son terroristas entonces; pero sí pueden, y aquí el detalle central, recurrir a tácticas terroristas en su actuar. Una de esas tácticas son las detonaciones (granadas, dinamita, etc...) usadas contra emprendedores peruanos para el cobro de cupos. Otra es la comunicación violenta. En México el narcotráfico cuelga o decapita a sus víctimas con mensajes expandiendo el terror criminal entre la población. Aun así sus intenciones de fondo no son políticas, es el lucro. Claro que los violentos criminales pueden montar relaciones de cooperación —multiniveles— con extremistas políticos como los terroristas (o hasta con partidos legales, ¿caso Ecuador?), pero ello no los equipara.
El terrorismo siempre se trata de poder. Eso lo separa del simple "terror" emocional. Esa sensación de ser "aterrorizados" puede, por supuesto, aprovecharse políticamente, por lo que se pone el "ismo" al final. Ese "ismo" es muy importante porque dota al terrorismo de su dimensión política esencial vía el uso o la amenaza de violencia en pro del "cambio político" (B. Hoffman. 1998).
Cierto es que hoy no existe un acuerdo universal sobre el significado del terrorismo. Hace años estudiosos serios del fenómeno acopiaron más de 100 definiciones diversas (lo que hace imposible que tengamos "expertos" en la materia). Pero sí hallaron un mayoritario consenso: el terrorismo es político en sus fines. Esto fue recogido por muchas de las legislaciones antiterrorista mundiales. Es pertinente que en Perú también se consigne a los objetivos políticos como marco de este delito. Esto reduciría errores estratégicos en las deciones o las políticas de seguridad al no diferenciar entre grupos criminales y grupos terroristas en estricto (¿es prudente por ejemplo instalarlos juntos en las cárceles?). El terror criminal entonces difiere del terrorismo político; aunque, como se ha dicho, pueden interactuar según el escenario (ésta es ya otra discusión).
