Una cuestión de “confianza”
No hay duda que la ingobernabilidad que hoy enfrentamos se debe, en parte, a las reformas políticas que quedaron pendientes. La falta de desarrollo constitucional de mecanismos como la vacancia presidencial por incapacidad moral, la reelección parlamentaria, y por supuesto, la cuestión de confianza, una vez más, nos pasa la misma película que vivimos en el 2020. Se repite la historia de los enfrentamientos entre poderes del Estado, la instrumentalización de la protesta, la judicialización de la política, un juego de tronos que no tiene final.
Hoy el gobierno ha planteado una cuestión de confianza para disimular la misoginia y el machismo del presidente del Consejo de Ministros, Anibal Torres, dejando en claro que el respeto a los derechos no es parte de la agenda de este gobierno, validando la violencia que muchas mujeres profesionales sufrimos al ser estereotipadas y descalificadas en nuestro rol de madre, hija o esposa. Así, la cuestión de confianza se convirtió en una herramienta mediática al servicio de la cobardía machista sentada en el poder.
Esta interpretación antojadiza de los mecanismos jurídicos políticos vulnera el equilibrio de poderes que debe existir en todo Estado Democrático de Derecho. El Tribunal Constitucional ya se pronunció en torno a la Ley Nº 31355 promulgada por el Congreso el año pasado, declarando infundada la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo, delimitando las materias en las que resulta competente plantear la cuestión de confianza, es decir, las encaminadas a la concreción de su política general de gobierno, con excepción de materias relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales así como los procedimientos y competencias exclusivas y excluyentes del Congreso u otros organismos constitucionales autónomos.
Hacer cuestión de confianza de la derogación de la norma que delimita la aplicación de este mecanismo constitucional con la excusa que esta permite desarrollar el lineamiento 6 del Plan General de Gobierno relacionado al fortalecimiento democrático, es desconocer la majestad de los pronunciamientos del máximo interprete de la Constitución. Asimismo, la insistencia de plantear la cuestión de confianza y de interpretar como denegatoria fáctica el rechazo a trámite por carecer de los elementos mínimos para encausarla tal como fue planteada, solo apunta a desconocer lo dispuesto en la ley, por cuanto solo se puede interpretar que la cuestión de confianza ha sido rechazada previa deliberación y votación por el Pleno del Congreso.
Es lamentable que la Constitución y las herramientas que esta brinda para la sostenibilidad institucional de los poderes del Estado, estén siendo forzadas y manipuladas en beneficio del poder de turno, el cual no tendrá reparos en acudir a los juzgados constitucionales con sendas medidas cautelares con la finalidad de socavar competencias y funciones consagradas en la Carta Magna. Y en lo particular, me duele ser testigo de la muerte lenta de nuestra democracia.
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