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Vizcarra y la vacancia

Fecha Publicación: 31/01/2019 - 22:15
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Hace casi un año el pleno del Parlamento Nacional admitió a trámite la moción de vacancia presidencial por permanente incapacidad moral presentada contra PPK; el pedido se aprobó con 87 votos a favor, 15 en contra y 15 abstenciones. La moción recibió el respaldo de todas las bancadas, a excepción de los “ppkausas” y de los congresistas no agrupados, entre ellos, los tres ex oficialistas y el bloque de Kenji.

A los pocos días PPK hizo oficial su renuncia en un mensaje a la nación, luego de que la bancada de Fuerza Popular difundiera unos audios en los que se escuchara al ministro de Transportes y Comunicaciones, Bruno Giuffra, ofrecer obras a los congresistas del bloque de Kenji a cambio de votos para evitar su vacancia.

Hoy Vizcarra podría pasar por la misma situación, ante la denuncia constitucional y penal de la congresista Yeni Vilcatoma contra Vizcarra, por supuesta omisión de información y falsedad genérica; esto, en el marco de la investigación al mandatario por su ex empresa CYM Vizcarra, la cual fue proveedora de Odebrecht (a través de Conirsa) para la construcción de la Carretera Interoceánica.

Cuesta creer que Vilcatoma no sepa qué dice el Artículo 117 de la Constitución Política que señala; “El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral”; por lo tanto el sustento de Vilcatoma más parece una vacancia encubierta.

Dentro de la acusación constitucional a Vizcarra, en su condición de ex ministro de Transportes y Comunicaciones, Vilcatoma señala que cometió una presunta infracción constitucional, el Artículo 126 de la Ley de leyes contempla que “Los ministros no pueden ser gestores de intereses propios o de terceros ni ejercer actividad lucrativa, ni intervenir en la dirección o gestión de empresas ni asociaciones privadas”. Asimismo, en la denuncia penal se sostiene que Vizcarra cometió el supuesto delito contra la administración y la fe pública en la modalidad de omisión de consignar declaraciones en documentos y falsedad genérica.

El problema para Vizcarra es que no renunció a CYM Vizcarra como socio cuando asumió el cargo de ministro de Transportes y Comunicaciones y es recién cuando juramentó como presidente de la República que renunció a la sociedad que tenía con su hermano.

Hay que precisar también que Vizcarra negó haber trabajado con Odebrecht, pero su empresa, CyM Vizcarra, fue proveedor de Conirsa, consorcio en el que Odebrecht tenía el 70 % de acciones.

La vacancia se diluye ya que Fuerza Popular perdió la mayoría parlamentaria. El acuerdo aprobatorio de una acusación constitucional, por la presunta comisión de delitos en ejercicio de sus funciones, requiere la votación favorable de la mitad más uno del número de miembros del Congreso, sin participación de los miembros de la Comisión Permanente.

Por lo tanto, la denuncia contra Vizcarra no procedería mientras este sea presidente de la República, tal como lo señala la Constitución, pero eso no evita que pueda ser investigado por una comisión del Congreso.