Capítulo económico es el eje central de un modelo exitoso
Constitución de 1993 permitió al Perú salir del desorden estatista.
Treinta años después, se puede afirmar categóricamente que gracias a la Constitución de 1993, el Perú dejó un sistema económico de atraso y miseria.
El crecimiento no fue uniforme en todos los gobiernos constitucionales, pero siguió vigente la economía social de mercado con libre iniciativa privada y un Estado que actúa en promoción del empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.
En consecuencia, el Perú estimula la creación de la riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, con especial énfasis en la pequeña empresa.
El rol del Estado
El capítulo económico de la Carta Magna contiene pocos artículos, todos redactados con exactitud y prolijidad.
Por ejemplo, el artículo 60 señala que sólo por ley expresa el Gobierno realizará actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o manifiesta conveniencia nacional.
El Estado vigila la libre competencia, combate los monopolios, garantiza la libertad de expresión y comunicación.
La prensa, la radio, la TV y demás medios de expresión no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento.
Inversión nacional y extranjera
La promoción y garantías a la inversión privada fue exitosa, al punto que permitió superar los niveles de productividad, traducidos en mejores empleos y salarios y reducción de la pobreza.
Estos logros finalmente forman parte de una efectiva disciplina fiscal, control de la inflación y apertura comercial con el mundo.
En cuanto a la producción de bienes y servicios y comercio exterior, se precisa que son libres.
MÁS INFORMACIÓN: Julio Velarde destaca control de inflación en Perú: presidente del BCR participa en Foro Económico Mundial
Si otro país adopta medidas proteccionistas o discriminatorias, nuestra nación puede adoptar medidas análogas.
Los recursos naturales son patrimonio de la Nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento. La política ambiental la fija el Estado.
Propiedad e impuestos
El derecho de propiedad lo garantiza el Estado. A nadie puede privarse de su propiedad sino por causa de seguridad nacional o necesidad pública.
Los tributos se crean, modifican o derogan por ley o decreto legislativo, en este último caso por delegación de facultades. Ningún impuesto puede tener carácter confiscatorio.
Respecto a la deuda pública, la gestión política garantiza su pago sólo por deudas públicas contraídas por gobiernos constitucionales.
LO MEJOR DE ECONOMÍA:
Fonavi 2024: la fecha tentativa para la nueva devolución de aportes a fonavistas
Petroperú gasta más de S/ 14 millones en sueldos
Proinversión prevé que se adjudicarán 52 proyectos de Obras por Impuestos en 2024
Mira más contenidos siguiéndonos en Facebook, X, Instagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.