Reforma de pensiones viene con afiliación obligatoria: puntos claves del reglamento oficializado por Gobierno
¡Atención, mayores de 18 años y extranjeros!
El Gobierno dio un paso trascendental en el futuro previsional del Perú al oficializar el reglamento de la reforma de pensiones a través del Decreto Supremo N.° 189-2025-EF.
Esta normativa, esperada con gran expectativa, trae consigo una de las novedades más importantes y de mayor impacto: la afiliación obligatoria al sistema de pensiones para la gran mayoría de la población. A continuación, desglosamos los puntos clave para que sepa exactamente cómo le afectará.
Afiliación obligatoria: un cambio obligatorio para peruanos
La nueva ley fue diseñada para expandir la cobertura del sistema previsional y garantizar que más peruanos puedan contar con una pensión en el futuro. Por ello, la afiliación deja de ser una opción para convertirse en un requisito ineludible.
Para los jóvenes que cumplen 18 años:
Si cumple 18 años a partir del 1 de junio de 2027, se afiliará de manera obligatoria al sistema. Tendrá un plazo de 12 meses (un año) desde la fecha de su cumpleaños para elegir si quiere unirse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), administrado por la ONP, o al Sistema Privado de Pensiones (SPP), administrado por las AFP.
¿Y si no elije? Si al cabo de un año no tomó una decisión, la ley lo hará por usted: será afiliado automáticamente al SNP. Este es un dato crucial, ya que para muchos el sistema de la ONP no es la primera opción. Por ello, si prefiere el SPP, debe estar atento al plazo.
Para los mayores de 18 años que no están afiliados:
Si ya tiene 18 años o más al 31 de mayo de 2027 y aún no se afilió a ningún sistema de pensiones, también se verá comprometido por la obligatoriedad. En este caso, el plazo para que elija entre el SPP y el SNP es hasta el 1 de junio de 2028.
¿Qué pasa si lo olvida? A diferencia de los nuevos mayores de edad, si no elige en el plazo establecido, será afiliado automáticamente al SPP. Este mecanismo busca integrar al sistema a una gran cantidad de peruanos que, hasta la fecha, quedaron fuera de la protección previsional.
Situación de extranjeros en Perú
La reforma también aborda la situación de los extranjeros que residen y trabajan en el Perú, extendiendo la obligatoriedad de la afiliación a este grupo.
¿Quiénes deben afiliarse? Los extranjeros con situación migratoria regular que tengan un empleo formal (vínculo laboral) o que generen ingresos como independientes (rentas de cuarta categoría), siempre y cuando no estén afiliados a un régimen previsional en su país de origen.
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Plazo y elección: Una vez que inicie su actividad laboral, tiene un máximo de 10 días calendario para afiliarse y elegir entre el SNP o el SPP.
¡Ojo, empresarios! El reglamento impone una obligación a los empleadores: deben solicitar la constancia de afiliación de sus trabajadores extranjeros. Si no cumplen con este requisito, incurren en una infracción grave que puede ser sancionada.
¿Hay excepciones? Sí, los extranjeros que ya estén cubiertos por convenios internacionales de seguridad social firmados por Perú no están obligados a afiliarse.
Otros puntos claves de la reforma que debe conocer
Además de la afiliación obligatoria, el reglamento trae otras novedades importantes para el futuro de sus ahorros previsionales:
- Pensión Mínima Garantizada: La reforma establece una pensión mínima de S/ 600 para quienes alcancen los 65 años de edad y hayan aportado al sistema por un total de 20 años (equivalente a 240 Unidades de Aporte).
- Pensión proporcional para todos: Un cambio significativo es que la pensión proporcional, que antes era exclusiva para ciertos grupos, ahora se extiende a todos los trabajadores que tengan al menos 10 años de aportes. Esto significa que, si no llega a los 20 años, aún podría recibir una pensión.
- Aportes de los independientes: Si es trabajador independiente, a partir de 2028 se le aplicará una tasa de aporte progresiva, que irá aumentando gradualmente desde un 2% hasta un 5% en 2034.
- Aporte por consumo: Se introduce un nuevo pilar de ahorro voluntario. Este se nutre de un porcentaje de sus gastos, es decir, de lo que consume. Esta cuenta especial, que busca ser un complemento a sus aportes regulares, empezará a operar a partir de enero de 2027.
- Más opciones de administración: Para promover la competencia, la administración de los fondos de pensiones no estará solo en manos de las AFP. La reforma abre la puerta para que bancos, cajas, cooperativas y aseguradoras puedan participar en la gestión de estos ahorros, lo que podría traducirse en mejores servicios y comisiones más bajas para los afiliados.
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