Sunat anunció cambios en Impuesto a la Renta para trabajadores independientes en 2025
Este beneficio tributario se aplicará exclusivamente a quienes cumplan con los requisitos establecidos.
A partir de 2025, los trabajadores independientes en Perú podrán acogerse a una nueva medida que les permitirá suspender las retenciones y pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), siempre que proyecten ingresos anuales inferiores a S/46,813.
Esta disposición, oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000297-2024/SUNAT, responde al incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que ascenderá de S/5,150 en 2024 a S/5,350 en 2025.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) destacó que este ajuste busca aliviar la carga tributaria de los trabajadores con menores ingresos, promoviendo un sistema más justo y accesible.
Los beneficiarios incluirán a quienes emitan recibos por honorarios electrónicos y no perciban ingresos mensuales superiores a S/3,901.
Requisitos y alcance de la medida
Los contribuyentes que reciban Rentas de Cuarta Categoría, o una combinación de Cuarta y Quinta Categorías, podrán solicitar esta suspensión si cumplen con los límites establecidos.
Para profesionales que desempeñen funciones específicas, como directores de empresas o gestores de negocios, se contemplan ingresos anuales máximos de S/37,450 o S/3,121 mensuales.
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El trámite será exclusivamente de manera virtual a través del portal de la Sunat. Los interesados deberán ingresar a la plataforma “Operaciones en Línea” utilizando su Clave SOL, completar el formulario virtual 1609 y registrar sus ingresos proyectados.
Tras la verificación automática del sistema, los contribuyentes recibirán una constancia de suspensión válida hasta el 31 de diciembre de 2025.
Sin embargo, la Sunat advirtió que, si los ingresos reales de un contribuyente superan los montos establecidos durante el año, este estará obligado a declarar y pagar el IR correspondiente a la totalidad de los ingresos obtenidos en ese periodo.
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