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TC exige a Sunat reforzar notificaciones más allá del buzón SOL: pormenores de reciente sentencia

Máximo intérprete de la Constitución ordena medidas adicionales para resguardar el derecho de defensa.

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TC exige a Sunat reforzar notificaciones más allá del buzón SOL: pormenores de reciente sentencia.
Fecha Publicación: 11/09/2025 - 07:45
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El Tribunal Constitucional (TC) anuló resoluciones emitidas por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) al advertir que la entidad notificó documentos a un correo electrónico inhabilitado, lo que impidió que el contribuyente conociera los actos administrativos en su contra.

La Sentencia N.° 975/2025, publicada este miércoles 10 de septiembre en el Diario Oficial El Peruano, estableció que la Administración Tributaria debe asegurar notificaciones reales y no limitarse al envío por medios electrónicos inoperativos.

El caso se originó cuando un contribuyente denunció la vulneración de su derecho de defensa y al debido proceso, luego de recibir resoluciones de determinación y de multa en una dirección de correo que se encontraba deshabilitada.

Según las pruebas presentadas, los mensajes retornaron con avisos automáticos que recomendaban contactar por otros canales de comunicación.

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El máximo intérprete de la Constitución sostuvo que la notificación de actos administrativos, como resoluciones de multa o de ejecución coactiva, no se cumple únicamente con el envío al buzón SOL, incluso si este medio figura expresamente en el Código Tributario.

Así, la validez de la notificación no se agota en la formalidad del buzón SOL, sino que debe garantizar la efectiva comunicación con el contribuyente. Ante el rechazo de un correo declarado por el administrado, la Sunat debe activar mecanismos complementarios de notificación para proteger el derecho a la defensa.

El Código Tributario contempla vías adicionales, como la notificación en el domicilio fiscal o procesal. Incluso existen precedentes en los que el TC ordenó la entrega en el domicilio registrado en el documento de identidad.

Con este pronunciamiento, el Tribunal Constitucional reforzó la obligación de la Sunat de garantizar la comunicación efectiva con los contribuyentes, más allá de la existencia del buzón SOL como canal principal.

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