ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Agenda Social Laboral: CAS con derechos

Imagen
Fecha Publicación: 25/05/2025 - 22:00
Escucha esta nota

Hace unos días, en la Federación de Periodistas del Perú, por invitación de Ángel Sánchez, su presidente, participé en un intercambio de ideas sobre el régimen CAS. Estuvieron presentes el destacado laboralista Nicanor Asmat, el exmiembro del Tribunal Constitucional Fernando Calle y varios directivos de la plataforma “CONFECAS”.
Expuse mi posición sobre la necesidad de que el crecimiento del país se base en el fortalecimiento de los derechos laborales, no en su recorte. En ese sentido, comparto parte del enfoque del “CAS con derechos”. Son cientos de miles los trabajadores involucrados en esta situación.
El Proyecto de Ley 6368/2023-CR tiene como objetivo reconocer como régimen laboral al Decreto Legislativo 1057 (CAS), y complementar los derechos sociolaborales de sus trabajadores. El artículo 2 define el ámbito de aplicación: los tres niveles de gobierno, organismos autónomos y entidades adscritas. El artículo 3 propone cambiar la denominación de los contratos CAS a “régimen laboral del Decreto Legislativo 1057”. El artículo 4 detalla los requisitos: haber ingresado por concurso público, estar comprendidos en la Ley N.º 31131 y dentro de los alcances de la Sentencia del TC (exp. 000013-2021-PI/TC). El proyecto ya tiene dictamen favorable de la Comisión de Trabajo y está pendiente el de Presupuesto.
Objetivo del proyecto de ley:
Reconocer el CAS como régimen laboral formal.
Equiparar los derechos de los trabajadores CAS con los de los regímenes DL 276 y DL 728.
Ámbito de aplicación:
Todas las instituciones públicas: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, gobiernos regionales y locales, organismos autónomos y adscritos.
Cambios legales propuestos:
A. Reconocimiento formal del CAS, dejando de ser transitorio.
B. Inclusión de nuevos derechos sociolaborales:
Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad.
Línea de carrera para ascensos.
Asignaciones excepcionales y bonos por productividad.
Inclusión en escalas remunerativas.
Asignación por años de servicio (2 sueldos a los 25 años, 3 a los 30).
CTS: una remuneración por año trabajado.
Subsidios por fallecimiento y sepelio.
Bono por escolaridad.
Beneficiarios directos:
Trabajadores CAS ingresados por concurso público.
Protegidos por la Ley N.º 31131.
Implementación:
Progresiva, con un plazo máximo de tres años.
Marco constitucional:
Art. 1, 22-24 y 28: dignidad, trabajo digno, igualdad y derechos sindicales.
Sustento jurisprudencial:
Sentencias del TC (002-2010-PI/TC y 013-2021-PI/TC).
Opinión vinculante de SERVIR (2022): contratos permanentes e indeterminados con financiamiento.

Mira más contenidos siguiéndonos en Facebook, X, Instagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.