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Cabe a la inversión

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Fecha Publicación: 26/12/2019 - 22:10
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Indiscutiblemente hay diferencias entre los grandes países de economías grandiosas y de escala, en relación con los países en proceso de crecimiento, algunos ya con su población con ingresos medios como es el Perú, y ni qué decir de países paupérrimos que algunos califican como no viables, como es el caso de Haití en nuestro hemisferio.

En los países de economías avanzadas, quienes pretenden hacer empresa, sobre todo las corporaciones importantes, cuentan con los capitales suficientes y, cuando requieren de mayores importes, como tienen accionariado difundido, recurren al mercado de valores con aumentos de capital. Ese tipo de empresas, usualmente, no requieren de mayor crédito para efectuar sus inversiones y actividades empresariales.

Cosa diferente sucede en los países en proceso de desarrollo o de ingresos medios, en que fuera de inversiones importantes, que usualmente provienen del exterior o de corporaciones con ramificaciones internacionales, sus inversiones son medianas o menores, cuando no pequeñas, de empresas que tienen visión y entusiasmo, pero no recursos económicos, por lo que tienen que recurrir al sistema financiero, es decir al crédito.

Nuestro país, pese a su avance en los últimos lustros, todavía hay mucho que resolver, sobre todo en el tema laboral, en que hay desocupación y subempleo, además de bajas retribuciones. Para paliar esa situación, requerimos de mayores emprendimientos para generar puestos de trabajo, y no mayor burocracia que se alimente de las ubres del Estado, sino de la actividad privada imaginativa y eficiente que por lo demás paga sus impuestos.

Como para los medianos, pequeños y microemprendimientos, no siempre se cuenta con capitales propios de los inversores, estos últimos tienen que recurrir al crédito que otorgan las instituciones financieras, y tradicionalmente se ha considerado como gastos para efectos tributarios, los intereses y otros cargos de tales créditos, siempre que hubieren sido contraídos para adquirir bienes o servicios vinculados con la obtención o producción de rentas gravadas en el país o mantener su fuente productora.

A fin de cerrar algunas brechas tributarias y evitar determinadas acciones de contribuyentes empresariales para reducir el pago de los impuestos, hace algo más de un año se dictó el D. L. 1424, el cual, entre las medidas supuestamente correctivas, dispuso limitar la utilización de intereses como gastos, y ello a partir del año 2019.

Como ya concluyó el año 2019, se debería investigar si la limitación de intereses ha sido positiva o ha contribuido a que exista menor inversión. Aunque estamos convencidos de esto último, hay que evaluar la situación, y de haber sido su resultado perverso, derogar la norma que lo impuso. Necesitamos mayor inversión y rápido, para lo cual adicionalmente el Estado debe bajar la inútil tramitología.