De la moneda y la banca
El Capítulo V del Título III de la Constitución Política del Perú establece las bases para la regulación de la moneda y la banca, pilares fundamentales de nuestra economía. A través de cinco artículos (83-87), se define el sistema monetario, las responsabilidades del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), la gestión de las reservas internacionales y la protección del ahorro público, contribuyendo a la estabilidad económica y social del país.
El artículo 83 establece que la ley define el sistema monetario de la República y que la emisión de billetes y monedas es una facultad exclusiva del Estado, ejercida a través del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Este precepto garantiza el control estatal sobre la creación de moneda, delegando dicha función en una entidad técnica y autónoma como el BCRP, lo que asegura que las decisiones sobre la cantidad de dinero en circulación se basen en criterios técnicos y no políticos. Al mismo tiempo, la disposición protege la soberanía monetaria del país, evitando distorsiones económicas y contribuyendo a la estabilidad económica mediante la adecuada gestión de la política monetaria.
El artículo 84 otorga al Banco Central de Reserva del Perú el rol exclusivo de mantener la estabilidad monetaria y controlar la inflación. Su autonomía frente a presiones políticas garantiza decisiones basadas en criterios técnicos. Esta disposición está fundamentada en la gobernanza económica, que busca prevenir decisiones irresponsables, como la emisión excesiva de dinero, que podría llevar a la hiperinflación. El equilibrio entre la autoridad estatal y la racionalidad técnica es crucial para asegurar el bienestar a largo plazo, evitando tentaciones políticas de corto plazo que podrían comprometer la estabilidad económica.
El artículo 85 regula el manejo de las reservas internacionales, las cuales son esenciales para garantizar la estabilidad macroeconómica del país. La acumulación y protección de estas reservas permite al Estado afrontar crisis económicas y fluctuaciones externas adversas. Desde una perspectiva filosófica, esta disposición refleja la prudencia y previsión del Estado, valores esenciales en la administración pública. Además, la protección de las reservas internacionales tiene un componente ético vinculado a la justicia intergeneracional, que asegura que los recursos no sean dilapidados, garantizando un futuro sostenible para las próximas generaciones.
El artículo 86 establece que el directorio del Banco Central de Reserva debe seleccionarse con base en la competencia técnica y el profesionalismo, lo cual asegura que las decisiones monetarias estén a cargo de expertos. Esta disposición es clave para mantener la independencia del BCRP y garantizar su efectividad. Desde una óptica filosófica-política, este artículo enfatiza la importancia de la meritocracia en las instituciones públicas, reforzando la confianza en el sistema bancario y asegurando que las decisiones se tomen de manera objetiva, sin influencias políticas.
El artículo 87 se enfoca en la promoción y protección del ahorro público. Filosóficamente, el ahorro no solo es un imperativo económico, sino también moral, ya que promueve la responsabilidad y la prudencia individual. La función protectora del Estado al garantizar la seguridad del ahorro tiene profundas raíces en el concepto de “paz social”, donde se asegura que los ciudadanos confíen en que sus ahorros estarán protegidos de la inestabilidad financiera. Esto fortalece el tejido social y fomenta la cooperación entre los individuos.
En conclusión, este capítulo de nuestra Ley Fundamental establece un marco normativo que va más allá de la técnica económica, incorporando aspectos filosóficos y políticos fundamentales para la estabilidad del país. La regulación de la moneda y la banca, la autonomía del Banco Central de Reserva y la protección del ahorro público no solo aseguran la estabilidad económica, sino que también promueven la cohesión social y la justicia intergeneracional. El rol del Estado peruano en este ámbito es crucial para el desarrollo sostenible, la preservación de la confianza pública y la estabilidad macroeconómica, elementos clave para la prosperidad del país.
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