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¿El JNE es la mesa de partes de la ilegalidad?

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Fecha Publicación: 07/07/2021 - 21:20
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Con reflexiones para modificar la normativa electoral, conocidas las irregularidades, pero permitidas por la ley, culminaría la elección con la proclamación presidencial de Pedro Castillo.
Está previsto que las mesas de sufragio estén conformadas por ciudadanos comunes que, en su mayoría, ignoran la compleja normatividad y tramitología electoral. Este vacío, sumado a la destreza e intereses de operadores políticos, es aprovechado por las organizaciones políticas con mayor capacidad para colocar estratégicamente personeros, bien adiestrados, capaces de voltear el resultado electoral en mesas de sufragio, y de anular las actas de sufragio consignando errores materiales, confiados que serán detectados por los confiables funcionarios de la ONPE.
Los personeros y miembros de mesa hacen y deshacen en las mesas de sufragio, en las que no tienen contraparte ideológica. Además, la ley electoral no establece sanción ni pena para el que cometa error o delito, pero tampoco prevé solución para salvar el acta de sufragio. Así, cuando, por inexplicable razón, se consigna uno o varios votos de más al del total de electores hábiles asignados para una mesa de sufragio, se habrá condenado irremediablemente a nulidad el acta de sufragio y la pérdida de cientos de votos válidamente emitidos. Esto se remediaría fácilmente estableciéndose la participación activa y diligente de la ONPE y el Reniec para la resolución de controversias electorales a cargo del JNE, quienes, sumadas a otras instituciones, con la inmediatez del caso, bajo responsabilidad penal, deberían brindar toda la información que se les requiera… ¡sin peros de por medio!
Es sorprendente que ilícitos no están previstos como causales de nulidad del acta de sufragio. También lo es que procesalmente no se establezca una necesaria sumarísima etapa procesal para actuación de pruebas que, “liminarmente”, determinarían el ilícito. ¿Es complicado para el perito de la Reniec determinar la falsedad o veracidad de una firma? ¿Reniec no puede confirmar el fallecimiento de un ciudadano? ¿Migraciones no podría informar en línea del movimiento migratorio de un ciudadano? ¿Entonces, para qué sirven?
¿Son las ODPE, los JEE y el JNE una Mesa de Partes Electoral con capacidad jurisdiccional? Quijotes, todas las ilegalidades perpetradas en las elecciones son materia de convalidación por el JNE, que simplemente se lava las manos derivando a fiscalía, o a otra entidad del Estado, todo aquello que no puede ver… es decir ¡todo!
Todo proceso y su normativa debe responder la pregunta: ¿quién está mejor capacitado y tiene los recursos para resolver las contingencias? Pues, para un proceso electoral, siempre será el Estado.
Entonces, erradiquemos las irregularidades que, como en ésta, han estado presente en otras elecciones. Pretender convertir a los ciudadanos en letrados expertos en derecho electoral es liberar de la responsabilidad que debe recaer en las instituciones y los funcionarios del sistema electoral, quienes deberán priorizar el rescate de todos los votos válidamente emitidos, no otorgándole el enorme peso de nulidad a los genuinos o maliciosos errores materiales.
Quizá es tiempo de jubilar ya a los corruptos del sistema electoral, quizá deberemos repensar e implementar un adecuado sistema de voto digital.

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