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Sistema monetario

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Fecha Publicación: 03/11/2024 - 22:20
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Nuestra Carta Fundamental establece que la ley determina el sistema monetario de la República; la emisión de billetes y monedas es facultad exclusiva del Estado, ejercida a través del Banco Central de Reserva del Perú. El texto constitucional consagra la soberanía monetaria, cuyos antecedentes se encuentran en las Constituciones de 1933 y 1979. Estas declararon la emisión de moneda como facultad exclusiva del Estado, con la posibilidad de delegarla bajo ciertas condiciones en 1933, y como competencia exclusiva en 1979, disposición reafirmada en 1993. Este marco normativo busca consolidar la independencia financiera del país, asegurando el control estatal sobre la moneda y limitando la influencia externa en su economía.
En este contexto, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) emerge como una institución clave en la política monetaria, encargada no solo de emitir billetes y monedas, sino también de mantener la estabilidad económica y proteger la moneda nacional ante factores internos, como la inflación, y externos, como las crisis financieras globales. Su función trasciende lo técnico, resultando esencial para el bienestar y desarrollo sostenible del país, al proteger el poder adquisitivo y fortalecer la autonomía económica del Perú, constituyéndose en un pilar de soberanía nacional frente a presiones internacionales.
La Constitución otorga al Estado la exclusiva facultad de emitir billetes y monedas, una prerrogativa que el BCRP implementa, garantizando la estabilidad monetaria y, con ello, la salud económica del país. Desde una óptica filosófico-política, esta disposición refleja la soberanía económica de la nación, permitiéndole gestionar su destino financiero y relacionándose estrechamente con el principio de autodeterminación de los pueblos, consagrado en tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Estos instrumentos reconocen el derecho de los pueblos a manejar sus recursos sin interferencias externas, lo que abarca la autonomía en política monetaria para proteger la economía nacional frente a intereses externos.
En un contexto globalizado, el control de la moneda nacional se convierte en un baluarte de la soberanía económica, y el BCRP actúa como garante de esta estabilidad, protegiendo la moneda de la inflación y otros riesgos, asegurando así el ejercicio efectivo de la autodeterminación nacional. Desde una perspectiva jurídico-política, el rol del BCRP abarca no solo la emisión de moneda, sino también la preservación del interés público mediante la estabilidad monetaria, que protege el poder adquisitivo y el bienestar económico de la población.
Este propósito, alineado con el Artículo 2.3 del PIDESC, impone al Estado adoptar medidas para garantizar los derechos económicos, sociales y culturales, siendo la estabilidad monetaria esencial en este contexto. Además, el BCRP regula la política cambiaria y gestiona las reservas internacionales, mitigando los efectos de las crisis externas y fortaleciendo la autonomía del Estado peruano frente a presiones internacionales. Así, su función es tanto económica como política, pues la estabilidad monetaria y la prevención de crisis son cruciales para la soberanía y la capacidad del país de actuar en beneficio del bien común.
En conclusión, el control de la moneda nacional en el Perú, consagrado en la Constitución y administrado por el BCRP, representa un acto de soberanía económica que permite al Estado proteger sus intereses nacionales, salvaguardar el poder adquisitivo de sus ciudadanos y consolidar su independencia económica en un contexto de creciente interdependencia global. Este sistema monetario, alineado con los principios de autodeterminación y desarrollo sostenible, refuerza el compromiso del Estado peruano con el bienestar integral de su población y con la consolidación de un Estado democrático y social de derecho que responde a las necesidades y aspiraciones de su pueblo.

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