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Territorio del Estado

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Fecha Publicación: 18/02/2024 - 22:30
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Nuestra carta fundamental establece que el territorio del Estado es inalienable e inviolable; comprende el suelo, subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley. En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado. El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.

El concepto de territorio, inherente a la definición misma del Estado, es uno de los pilares fundamentales sobre los cuales se erige la soberanía nacional. La Constitución Política establece de manera categórica la naturaleza inalienable e inviolable del territorio del Estado peruano, abarcando el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo y el espacio aéreo. Este enunciado constitucional no solo es reflejo de una postura jurídica respecto a la integridad territorial, sino que, además, encierra una profunda carga filosófica y política que merece ser analizada.
La noción de territorio trasciende la mera delimitación física o geográfica para adentrarse en el terreno de la filosofía política. Desde una perspectiva filosófica, el territorio es la manifestación espacial de la soberanía del Estado, es decir, es el espacio dentro del cual el Estado ejerce su autoridad suprema y realiza plenamente su propósito como ente organizador de la sociedad. Esta concepción se sustenta en la teoría del contrato social de Rousseau, quien postula que la soberanía reside en el pueblo, quien delega en el Estado la autoridad para organizar y dirigir la sociedad dentro de un espacio definido.

Políticamente, el territorio es el escenario sobre el cual se desarrolla la vida del Estado en todas sus dimensiones: social, económica, cultural, y ambiental. Es en este espacio donde el Estado despliega su capacidad para establecer normas, ejercer el poder y garantizar el bienestar de sus ciudadanos. La inviolabilidad e inalienabilidad del territorio, establecidas en la Ley fundamental, son expresiones de la firmeza del Estado peruano en la defensa de su integridad territorial frente a cualquier tentativa de violación o usurpación, reflejando así un principio de permanencia y estabilidad del Estado en el tiempo y el espacio.

Jurídicamente, la norma fundamental recoge y consolida una tradición constitucional peruana que reconoce y protege la integridad territorial como base de la soberanía nacional. Al compararlo con los antecedentes constitucionales, tales como el artículo 3 de la Constitución de 1933 y los artículos 97, 98 y 99 de la Constitución de 1979, se observa una evolución en la concepción y protección del territorio. Mientras que en textos anteriores se enfatizaba en la definición y defensa del territorio, la Constitución actual amplía y detalla el alcance de esta soberanía territorial al incluir expresamente el dominio marítimo y el espacio aéreo, en concordancia con el Derecho Internacional Público y los tratados ratificados por el Estado.

La mención explícita del dominio marítimo hasta las doscientas millas marinas y del espacio aéreo en la Constitución de 1993 es particularmente significativa. Esta disposición no solo refleja el reconocimiento de los derechos soberanos del Perú sobre recursos naturales y zonas estratégicas, sino que también evidencia la voluntad del Estado peruano de insertarse de manera proactiva en el sistema internacional, respetando las libertades de comunicación internacional. Este enfoque es consistente con los principios del Derecho del Mar y el Derecho Aéreo Internacional, donde la soberanía del Estado se ejerce con pleno respeto a las normativas y libertades internacionales.

La concepción del territorio delineada en la Ley suprema concentra un legado de evolución histórica en los ámbitos jurídico, político y filosófico, estableciendo no solo la esfera física de la soberanía estatal sino también afirmando un compromiso inquebrantable con la salvaguarda de la integridad territorial. Esta visión, anclada en los principios de inviolabilidad e inalienabilidad, es esencial para entender la estructura y función del Estado, evidenciando nuestra Constitución no solo como un compendio normativo sino como un manifiesto de valores y principios que forjan la identidad y aspiraciones del pueblo peruano. Así, el territorio se revela como un pilar de la soberanía y la identidad nacional, y se consolida el rol del Estado como custodio del bienestar y la seguridad de la ciudadanía en un contexto de mutuo respeto y cooperación internacional.

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