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Día del Trabajador: Triple pago por laborar en feriado nacional

En caso tenga que trabajar en el sector privado, el viernes será no laborable.

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Día del Trabajador: Triple pago por laborar en feriado nacional.
Fecha Publicación: 29/04/2025 - 08:39
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Conforme al artículo 6 del Decreto Legislativo 713, Ley de Descansos Remunerados, el 1 de mayo –Día del Trabajador– es feriado nacional no laborable para trabajadores del sector público y privado.

No obstante, en caso que el trabajador labore esa fecha y no cuente con descanso sustitutorio, tendrá derecho a un triple pago.

Este pago es una remuneración por el día feriado del Día del Trabajador (incluido dentro del pago mensual habitual), otra remuneración diaria adicional por haber trabajado en día feriado, más una sobretasa del 100 % de dicha remuneración.

Por ejemplo, si el trabajador percibe 100 soles diarios y labora el 1 de mayo, sin descanso sustitutorio en algún otro día, tendrá derecho a percibir, en la práctica, tres remuneraciones por cada uno de estos días: 100 soles por el día feriado y 200 soles por trabajar en día feriado (sobretasa de 100 %).

En caso que el jueves 1 de mayo coincida con el día de descanso obligatorio del trabajador, este tendrá derecho al pago equivalente a un día adicional.

No laborable

Cabe anotar que, conforme al Decreto Supremo 042-2025-PCM, el viernes 2 de mayo fue declarado día no laborable para los trabajadores del sector público. Las horas dejadas de laborar durante el día no laborable indicado serán compensadas.

Para el sector privado, la forma de recuperación será establecida de común acuerdo entre el empleador y sus trabajadores. En caso de no haber acuerdo, decide el empleador.

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