La paz es un estado personal o social de equilibrio y estabilidad; es la expresión de la justicia, del desarrollo, del respeto, del derecho y de la tolerancia.
César Alfredo Montes de Oca Dibán
El derecho a la educación contempla el desarrollo de la comprensión, tolerancia y amistad entre todas las naciones y todos los grupos que conforman la sociedad.
La obtención de ingresos públicos, generados principalmente a través del cobro de los tributos, permite financiar el gasto público del Estado y propiciar su correcto funcionamiento. Eso se realiza mediante la puesta en marcha del llamado sistema tributario.
El Congreso de la República ha aprobado, por insistencia, una nueva norma respecto a la distribución de los ingresos por el uso del agua. Nos referimos a la Ley del Canon Hídrico.
Aprovechando las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), la prestación de servicios subordinada sin la presencia física fue denominada teletrabajo.
Así, el vínculo laboral se da por medios informáticos y por ellos mismos se ejerce control y supervisión.
En 1970 se aprobó en Estados Unidos de Norteamérica la Ley de Informes Justos de Crédito (FCRA, por las siglas en inglés de Fair Credit Reporting Act) para proteger a los consumidores de la inclusión arbitraria de datos erróneos, usualmente negligente, en sus informes de crédito que los limitaba en aspectos bancarios, financieros y laborales.
La integridad moral, psíquica y física es un derecho constitucional (numeral 1, artículo 2, Constitución 1993) íntimamente vinculado a otros derechos básicos como la dignidad, vida, salud, seguridad, libre desarrollo y bienestar de la persona humana.
Hace unos años se emitieron normas legales (Decretos Supremos 016-2014-PCM, 106-2017-DE y 007-2019-DE) que contienen disposiciones sobre los denominados Activos Críticos Nacionales (ACN).
Muchas veces hemos escuchado el palabrerío “nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”, lo cual es necesario analizar y entender para un ejercicio responsable de nuestros derechos.
Thomas Hobbes (1588-1679), uno de los padres de la filosofía política, determinó dos premisas universales que estoy seguro han sido muchas veces escuchadas: Bellum omnium contra omnes (Guerra de todos contra todos) y Homo homini lupus est (El hombre es un lobo para el hombre).
Como parte de nuestra historia podemos mencionar que la Corona española creó una unidad territorial llamada Virreinato de Perú (1542) con capital en la ciudad de Lima -conocida desde entonces como Ciudad de los Reyes-; y comprendía casi toda la conquistada América del Sur.
Tenemos derechos que están sobrepasando sus límites de ejercicio hasta llegar a ser actos ilegales. Tal es el caso del llamado derecho a protestar que se está manifestando en agresión física y verbal hacia personas que discrepan de lo reclamado, daños a la propiedad pública y privada, así como violación al derecho de libertad de tránsito que todos deberíamos disfrutar.
Para este año 2023, tenemos al sector educación con una participación en el 19.5% en el presupuesto nacional y con un aumento ascendente al 16.9% respecto de año pasado, en el que pudimos “quitarnos el sombrero”.
En este orden, hacemos una toma legal de nuestro derecho a la educación para poder fijar el punto de partida de una nación sostenible que todos anhelamos.
Se ha otorgado asilo político a la familia expresidencial que pudo presentarse, para estos efectos, ante la embajada en Lima de los Estados Unidos Mexicanos –país miembro de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC)– y se procrastinó algo similar al mismo expresidente, pero ya se encontraba detenido judicialmente.
Nuestros derechos se encuentran respaldados en muchas normas legales y principalmente en la Constitución (1993). Sin embargo, la misma Carta Magna precisa que algunos de estos derechos pueden ser suspendidos temporalmente por alguna perturbación de la paz o del orden interno, catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida de la Nación.
Bajo el llamado derecho a la protesta o derecho a la movilización se han dado desafortunados eventos en nuestro país y han puesto en evidencia, una vez más, lo que un gran filósofo y político inglés nos dijo en el Leviatán varios siglos atrás (Hobbes, 1651).
Por César Alfredo Montes de Oca Dibán
Ante el nefasto mensaje del innombrable representante de la nación el día 7/12/2022, de evidente objetivo ilegal –precisamente, inconstitucional–, vemos la necesidad de hacer un recuento histórico de algunos eventos similares en nuestro país.
Hacemos una toma legal para recordar pasajes de nuestro andar en estos últimos 201 años.
Por César Alfredo Montes de Oca Dibán
Continuando con la ética, podemos afirmar que resulta bueno el enriquecimiento del conocimiento con la experiencia. En este orden de ideas y teniendo en cuenta la crisis política actual, urge aprender los errores y lograr despertar al zurumbático pueblo peruano de su letargo.