Más de una vez la actual presidenta de la Corte Suprema hizo público que había no decenas sino millones de expedientes judiciales sin resolver. Tal situación la sufrían justiciables y sus defensores.
Roberto Rendón
El país los requiere y para ello debe evitarse ahuyentar a los empresarios nacionales y extranjeros y, además, que haya nuevos inversionistas. Es necesario reabrir centros de trabajo cerrados durante la pandemia de la covid-19 y por los discursos electorales y acciones de los políticos electos.
El Presidente Pedro Castillo en Ayacucho “anunció que trabajadores formales” percibirán la remuneración mínima mensual de S/ 1,000; actualmente es de S/ 930 mensual.
Magistrado/a es el funcionario que administra justicia en procesos judiciales. Es nombrado para resolver asuntos o materias; tiene autoridad y potestad para juzgar y sentenciar. El magistrado es el juez (Del latín iudex – iudicis).
Para combatir la criminalidad personal u organizada, el autor del delito in fraganti debe ser puesto en calidad de detenido tanto ante el fiscal como ante el juez penal. Evitar conceder libertad “provisional” o “domiciliaria” hasta que se expida la sentencia penal definitiva.
El Estado está obligado a garantizar sin excepción la seguridad de la vida, integridad y bienes de todas las personas. Lamentablemente la seguridad es ineficiente pues no se garantiza la eliminación de la violencia y el delito y se carece de disposiciones legales y acciones del Estado que no solamente sancione con efectividad la delincuencia personal y organizada, sino que la extinga.
No obstante que un derecho fundamental de la persona es su defensa y el respeto por su dignidad (Constitución, artículo 1°) los Poderes del Estado no resuelven el gravísimo problema de la seguridad ciudadana. Todos estamos en peligro de ser víctimas de los delincuentes en calles, comercios, vehículos, domicilios. Nadie está seguro, sea niño, mujer, inválido o anciano.
Expreso y otros diarios del jueves 07/10/2021 informaron que la presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios Alvarado, ha demandado a los magistrados de la Corte Superior de Lima trabajar comprometidamente para una mayor producción en los procesos judiciales. Indicó que al inicio del año había 2’453,281 de expedientes y que a fin del año habría 4’521,87. Tal invocación es elocuente y honesta.
Francisco Morales Bermúdez el 30/06/1979 “expidió” el Decreto Ley N° 22.591 constituyendo para el Banco de la Vivienda el Fondo Nacional de Vivienda –FONAVI– estableciendo que para crearle “fondos” se obligó a los trabajadores a “contribuir” con recursos financieros que se descontaban de sus remuneraciones, lo que no era un impuesto.
Francisco Morales Bermúdez el 30/06/1979 “expidió” el Decreto Ley N° 22.591 constituyendo para el Banco de la Vivienda el Fondo Nacional de Vivienda –Fonavi– estableciendo que para crearle “fondos” se obligó a los trabajadores a “contribuir” con recursos financieros que se descontaban de sus remuneraciones, lo que no era un impuesto.
El artículo 109° de la Constitución establece: “La ley es obligatoria desde el día siguiente de su promulgación”. Los códigos, normas procesales y la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen plazos para expedir resoluciones judiciales (decretos, autos y sentencias).
“No hay peor sordo que el que no quiera oír” dice un refrán popular. La economía nacional continúa deteriorándose. Como hemos expresado, con la pandemia se cerraron muchas empresas y sus servidores sufrieron la “suspensión perfecta de labores”, es decir se quedaron sin empleo y por ende sin remuneraciones.
Dos hechos afectaron severamente la economía nacional: La Pandemia del Covid-19 y la campaña electoral. Lo primero, por previsión, motivó la paralización de centros de trabajo.
El trabajo no solamente es un deber, es un derecho. El ser humano requiere y necesita trabajar para obtener una remuneración que le permita subsistir.
En la primera vuelta electoral no “se vislumbraba” una confrontación. Fueron momentos de ilusiones y promesas de 18 candidatos.
En orden alfabético son: actividad política (en los tres Poderes del Estado), administración pública y de justicia, corrupción, económico, educación, empleo, informalidad, inversiones económicas, migración, pobreza, recursos naturales, salud, seguridad ciudadana. No son los únicos sino los graves que desde el pretérito afectan severamente al país y su población.
El abogado es un profesional que ejerciendo la defensa de sus patrocinados obtiene los medios económicos para su subsistencia.