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Ana Calderón Sumarriva

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Ana Calderón

Los estereotipos o preconcepciones conllevan a categorizar o etiquetar, siendo una forma de simplificar la compleja realidad social pero además sentirse bien con uno mismo y marcar la pertenencia a un grupo, excluyendo a otros.

En los últimos años se han producido reformas importantes en el ordenamiento peruano que han significado el reconocimiento o reforzamiento de la protección a sectores visiblemente vulnerables o excluidos.

Durante los recientes días declarados no laborables -“feriado largo”- de la semana pasada tuvimos la oportunidad de viajar por tierra al interior del país. Como ya es costumbre, fue un enorme placer admirar los hermosos espacios naturales que nos ofrece el territorio nacional.

Con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal de 2004 (Decreto Legislativo No. 957) en el distrito judicial de Lima Centro, se completó finalmente el calendario de su implementación después de algo más de quince años de un proceso de reforma progresiva.

El negacionismo es una corriente que pretende justificar o enaltecer acciones u obras que estuvieron muy lejos de ser heroicas y que tampoco respondieron a fines nobles o solidarios.

La explotación sexual se ha convertido en uno de los delitos cuya incidencia es cada vez mayor en el Perú. Sus principales víctimas son las mujeres, niñas y adolescentes de nuestro país. Pero también los migrantes, quienes dentro del grupo anterior conforman un sector vulnerable por causa de su estado de necesidad y carencia de oportunidades laborales.

La respuesta legislativa para enfrentar en el Perú el problema del incremento de los casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar fue la entrada en vigencia de la Ley N.º 30364 (Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar).

Tanto la crisis económica como la inestabilidad política que se viven hoy en el Perú han abonado el terreno para que germine una inevitable sensación de incertidumbre que afecta especialmente a nuestros jóvenes estudiantes y profesionales.

En cierta ocasión acudí a una oficina del sector público y fui recibida con una mirada de extrañeza. Ignoro si esta conducta respondió a mi condición de mujer. O tal vez por la ropa que vestía. O quizás por mis rasgos, más andinos que costeños.

En el Perú existen dos tipos de regímenes penitenciarios: el régimen cerrado ordinario y el régimen especial. Este último fue creado con el propósito de contener a los internos de alta peligrosidad y de difícil readaptación que actualmente cumplen condena en los pabellones del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao.

Durante las décadas de los 70 y 80 surgieron en diversos países de Latinoamérica golpes de Estado que quebrantaron el orden constitucional y consolidaron las respectivas dictaduras militares. Cuando se rememoran esos tiempos se suele citar, entre otros casos, las experiencias en Chile, con Augusto Pinochet; en Argentina, con Jorge Rafael Vilela; y en el Perú, con Juan Velasco Alvarado.

Considerando la actual cifra de contagios en nuestro país por causa de la pandemia del Covid-19, es difícil concebir la posibilidad de una agresión física o verbal contra los profesionales, técnicos o auxiliares asistenciales de la salud, quienes durante los días más enrevesados del confinamiento obligatorio arriesgaron sus vidas en pro de salvar otras.

La expresión “buen gobierno” hace referencia al ejercicio del poder en un país con el objetivo de conducir al pueblo por caminos y objetivos concretos de desarrollo económico y social. Mediante ese ejercicio, los ciudadanos esperan ver materializadas sus expectativas a corto, mediano y largo plazo.

Uno de los problemas que generó la pandemia del covid-19 en nuestro sistema de justicia fue la paralización temporal de las labores en los despachos fiscales y judiciales.

Si hubo un suceso jurídico positivo en nuestro país por causa de la pandemia de la covid-19, ese no fue otro que la declaración del estado de cosas inconstitucional debido al hacinamiento penitenciario y la precariedad de los establecimientos o centros de reclusión.

El importante debate jurídico respecto al tipo de control que puede ejercerse sobre la labor interpretativa y argumentativa de los jueces ha vuelto a la palestra tras la reciente medida cautelar emitida por el Poder Judicial para suspender la elección parlamentaria de los magistrados del Tribunal Constitucional.

¿Qué es la verdad? Comúnmente se dice que es la conformidad de las cosas con el concepto que de ellas forma la mente. O también de lo que se dice con lo que se siente o se piensa. Si bien la noción de “verdad” también abarca otros términos como la honestidad, la buena fe y la sinceridad humana en general, lo cierto es que finalmente será la que alguien (persona o institución) establezca.

La verdad siempre ha sido considerada un valor fundamental para el derecho. Relacionada con la justicia, ha tenido diversos tratamientos. En el proceso judicial, por ejemplo, la verdad es construida a través del aporte probatorio de las partes, cada una de las cuales procura acreditar sus afirmaciones.

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